Pronunciamiento ¿Cuál es el interés de dar visibilidad a una sentencia que desinforma sobre el uso del lenguaje incluyente?

La Red Colombiana de Periodistas con Visión de Género expresa sorpresa por la polémica suscitada sobre el lenguaje incluyente o inclusivo, a partir de lo expuesto en la sentencia T-344 de 2020 de la Corte Constitucional, la cual se hizo viral la pasada semana, siendo un fallo de agosto del 2020 que no está directamente relacionado al lenguaje incluyente, además siendo importante anotar que el magistrado de esta decisión salió de esta institución.

Por lo tanto, se hace necesario aclarar que dicha sentencia no sienta ningún precedente, ya que esta refiere a una tutela y no resuelve una decisión sobre lenguaje, comenta sobre el uso del lenguaje genérico en las aclaraciones del fallo, por tanto, no está obligando a usar o no el lenguaje inclusivo, sólo en la referencia a dicho fallo, indica que se usará el genérico masculino.

Entonces es válido preguntarse: ¿Por qué se hace evidente una sentencia que nombra el lenguaje incluyente o inclusivo casi 7 meses después?, ¿Cuál es el interés de dar visibilidad a una sentencia que desinforma sobre el uso del lenguaje incluyente?, ¿Los medios de comunicación porque presentan una noticia descontextualizada?, ¿un magistrado no quiere hacer uso del lenguaje incluyente y por ello hace la aclaración para protegerse, dado el conocimiento sobre la sentencia al respecto?

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De acuerdo a lo anterior instamos a informar con claridad sobre un tema de gran relevancia y debate, el lenguaje no es un tema menor para el avance y reconocimiento de los derechos de las mujeres, necesitan ser plasmados en la palabra que revoluciona, transforma o sostiene pensamientos arcaicos como el androcentrismo.

Situaciones como la citada, desinforman y dan fuerza al argumento del genérico masculino, sostenido sobre algo que supuestamente dice la Corte avalado por la RAE, por ello precisamos sobre lo siguiente:

En Colombia la Corte Constitucional emitió la Sentencia C-804 de 2006, en la que anota que la palabra persona en su sentido general se aplicará a individuos de la especie humana sin distinción de sexo, no la palabra hombre. Bajó este sustento en el año 2020, la ciudadana Diana Alexandra Heredia realizó una acción de tutela para que su título de abogada fuera expedido en femenino -no como abogado- y el Juzgado Quinto de Ejecución de Sentencias ordenó a la Corporación Universitaria de Ciencia y Desarrollo, Uniciencia (donde ella estudiaba), que cumpliera con lo manifestado en el fallo de tutela que quedó a favor de la solicitante.

Las mujeres tenemos el derecho a ser nombradas porque lo que no se nombra es como que no existiera porque existir existimos, y la Sentencia C-804 de 2006 fue un paso adelante. “El respeto por la dignidad humana de las mujeres significa, además, dejar de considerarlas “objeto” a disposición de los hombres: padres, maridos o compañeros permanentes. Este reconocimiento expreso en el texto constitucional constituye sin duda un paso enorme, ante todo cuando se piensa que la entidad de persona y de ciudadanas de las mujeres fue puesta en duda por siglos, y será profundizado por lo dispuesto en la Constitución vista en su conjunto y, en particular, por lo preceptuado en los artículos 13, 40 y 43 superiores”.

Afirma la citada Sentencia que “El lenguaje es a un mismo tiempo instrumento y símbolo. Es instrumento, puesto que constituye el medio con fundamento en el cual resulta factible el intercambio de pensamientos entre los seres humanos y la construcción de cultura. Es símbolo, por cuanto refleja las ideas, valores y concepciones existentes en un contexto social determinado. El lenguaje es un instrumento mediante el cual se configura la cultura jurídica. Pero el lenguaje no aparece desligado de los hombres y mujeres que lo hablan, escriben o gesticulan quienes contribuyen por medio de su hablar, escribir y gesticular a llenar de contenidos las normas jurídicas en una sociedad determinada”.

Con respecto a la RAE es necesario analizar sobre el origen de las normas gramaticales de la lengua castellana, las cuales defienden y quiere preservar la RAE, históricamente ha sido liderado e integrado en su gran mayoría por hombres, creando las reglas para el uso y en las que su percepción del mundo está impresa, un lugar donde ellos son y han sido el centro. Allí no había cabida para las mujeres y por eso en el lenguaje tampoco. Es claro que la RAE quiere preservar este legado y Colombia no puede retroceder en cuanto a los derechos y la igualdad para las mujeres.

Finalmente, la Red Colombiana de Periodistas con Visión de Género hace un llamado a informar con responsabilidad y conocimiento frente a la inclusión de las mujeres en el lenguaje, dando contexto y argumento a un debate que representa la transformación en la garantía de los derechos de las mujeres.